Ayudas a comedor escolar

INFORMACIÓN RELATIVA AL COMEDOR ESCOLAR CURSO 23-24

Resolución del 30 de mayo de 2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar para el curso 2023/24..

A) PLAZO ORDINARIO . Desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria hasta la finalización del periodo de formalización de la matrícula si continúa en el mismo centro, o durante el periodo de formalización de la matrícula en el supuesto de que cambie de centro.

B) PLAZO EXTRAORDINARIO. Excepcionalmente, se podrán presentar solicitudes a lo largo del curso escolar en casos con circunstancias excepcionales.

Existen 2 formas de solicitar las ayudas:

a) Mediante Borrador, para aquellas personas que solicitaron las ayudas para el curso escolar

2022/2023.

b) Cumplimentando una nueva solicitud.

SOLICITUD CON BORRADOR:

2.1.a) PERSONAS USUARIAS DE LA APLICACIÓN WEB-FAMILIA. A partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGV, podrán acceder a visualizar y descargar el borrador de solicitud de ayuda, donde constarán pregrabados los datos que obran en poder de la Administración relativos a la situación de desocupación o paro sin prestación ni subsidio, familia numerosa, familia monoparental, beneficiario de la renta valenciana de inclusión y grado de discapacidad legalmente reconocido, que ya han sido actualizados de oficio por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

Si las personas solicitantes de la ayuda están conformes con los datos facilitados, deberán IMPRIMIR, FIRMAR y PRESENTAR EL BORRADOR EN EL CENTRO donde estarán matriculadas durante el curso 2023/2024, sin necesidad de presentar más documentación. Si alguno de los datos que figuran en el borrador no es correcto, se procederá a imprimir y señalar la circunstancia que cambia en el apartado G del borrador, y presentarlo en el centro educativo, junto con la documentación justificativa.

IMPORTANTE: La situación de acogida familiar o residencial, deberá hacerse constar expresamente en el Borrador por parte de las personas solicitantes de la ayuda.

2.1.b) PERSONAS NO USUARIAS DE LA APLICACIÓN WEB-FAMILIA. A partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGV, podrán solicitar en el centro educativo donde el alumnado esté matriculado, un borrador de solicitud de ayuda para el comedor escolar, donde constarán pregrabados los datos que obran en poder de la Administración relativos a la situación de desocupación o paro sin prestación ni subsidio, familia numerosa, familia monoparental, beneficiario de la renta valenciana de inclusión y grado de discapacidad legalmente reconocido que ya han sido actualizados de oficio por la Conselleria Educación, Cultura y Deporte. El centro entregará un borrador por cada alumno/a, aunque formen parte de la misma unidad familiar. Si las personas solicitantes de la ayuda están conformes con los datos facilitados, deberán FIRMAR EL BORRADOR y PRESENTARLO EN EL CENTRO donde estará el alumnado matriculado durante el curso 2023/2024, sin necesidad de presentar más documentación. Si alguno de los datos que figuran en el borrador no es correcto, se procederá a señalar la circunstancia que cambia en el apartado G del borrador, y presentarlo en el centro educativo, junto con la documentación justificativa.

2.2 BORRADORES CON ERROR.

Para subsanar los borradores que han dado algún error en la generación, el centro accederá a la pestaña Erróneas para localizar, en cada borrador, el tipo de error que se haya producido (previa comunicación de la familia). En el caso de que el error no se pueda subsanar, la persona interesada deberá presentar una nueva solicitud.

SOLICITUD NUEVA:

La solicitud de ayuda se realizará presentando el Anexo I cumplimentado, y adjuntando la documentación acreditativa que se requiere en esta convocatoria en el centro donde estará matriculado el alumnado durante el curso 2023/2024. En caso de que el alumnado que forme parte de la misma unidad familiar esté escolarizado en el curso 2023-2024 en un único centro, se presentará una única solicitud. Si está escolarizado en varios centros, se presentará una solicitud por cada centro

2.4 UNIDADES FAMILIARES CON VARIOS ALUMNOS SOLICITANTES. En el caso de alumnado perteneciente a una unidad familiar con más de un/a alumno/a solicitante, se procederá de la siguiente manera: Si el borrador del alumnado es correcto, se efectuará la confirmación de los datos. Si los datos de algún/a alumno/a no son conformes, se procederá a señalar la circunstancia que cambia en el apartado G del borrador, y presentarlo en el centro educativo, junto con la documentación justificativa.

En el caso de que algún/a alumno/a no esté incluido/a en el borrador, se deberá presentar una nueva solicitud solo para este/a alumno/a, cumplimentar el Anexo I y adjuntar la documentación acreditativa. Tanto la confirmación del borrador, como la presentación del Anexo I, se realizará en el centro donde estará matriculado el alumno/a durante el curso 2023/2024. Cuando la solicitud se tramite por el procedimiento de borrador y se haya firmado por las personas interesadas, el centro confirmará los datos facilitados que ya estarán incorporados en el programa informático y prestará especial atención al apartado G del borrador, donde estarán indicados los cambios a validar en cada solicitud, comprobando que la documentación acreditativa es suficiente. Esta tarea se llevará a cabo durante el período de formalización de las matrículas.

Se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado que se cumplan en el plazo de presentación de solicitudes, obteniendo una puntuación máxima de 2 puntos, por los conceptos señalados en ITACA por los centros y debidamente acreditados por las familias.

Para más información, o en caso de duda, puede realizarla al centro educativo vía telefónica o por correo electrónico.

 

ANEXO I [DESCARGAR]